La Ley de Movilidad, que aún debe pasar por el Senado, establece examen para la licencia de conducir y el retiró de ésta por manejar ebrio.
La Cámara de Diputados aprobó la Ley General de Movilidad y Seguidad Vial, que busca prevenir accidentes viales; ello por medio de disposiciones, como establecer que aquellos conductores que estén bajo el influjo del alcohol se les retirará la licencia de conducir; será obligatorio un examen para obtener la licencia de conducir; habrá límites de velocidad, y priorizan la movilidad de peatones y ciclistas.
Aquí algunos puntos que se incluye en la Ley aprobada con 347 votos a favor, 106 abstenciones y 26 en contra en lo general y en lo partículas son:
Todas las personas que realicen el trámite para obtener o renovar una licencia o permiso de conducir, deberán acreditar el examen de valoración integral que demuestre su aptitud para ello, así como el examen teórico y práctico de conocimientos y habilidades necesarias.
Límites de velocidad: 30 km/h en calles secundaras y terciarias; 50km/h en avenida primarias; 80 km/h en avenida de acceso controlados; 80 km/h en carreteras estatales fuera de zonas urbana; 110 km/h para automóviles y 95 km/h para autobuses.
Establece que aquellos conductores que sean sorprendidos manejando bajo el influjo del alcohol o cualquier droga, se les retirará la licencia de conducir por más de un año.
Se crea un Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, que será el mecanismo de coordinación entre las autoridades competentes en materia de movilidad y seguridad vial.
Obligación de las entidades federativas y los municipios de realizar pruebas de alcoholemia de manera permanente para evitar que conductores manejen bajo el efecto del alcohol.
Queda prohibida conducir con una alcoholemia superior a .25mg/L en aire espirado o 0.05g/dL en sangre.
Las personas que conduzcan motocicletas no deberán hacerlo con una alcoholemia superior a 0.1mg/L en aire aspirado o 0.02g/dL en sangre.
Para vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga queda prohibido conducir con cualquier concentración de alcohol por espiración o litro de sangre.
El cinturón de seguridad de forma obligatoria para todos los pasajeros de vehículos motorizados.
Establece las bases para priorizar los modos de transporte de personas, bienes y mercancías, con menor costo ambiental y social, la movilidad no motorizada, vehículos no contaminantes y la intermodalidad.
El diseño de políticas públicas en materia de movilidad deberán favorecer a las personas en la siguiente jerarquía: peatones, ciclistas, personas usuarias de vehículos no motorizados, usuarios y prestadores de servicio en el transporte público.